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GlosarioFiscal

Modelo 200 (Impuesto sobre Sociedades)

Declaración anual del Impuesto sobre Sociedades. Un club deportivo está obligado a presentarla si sus rentas no exentas superan los umbrales o si recibe rentas sujetas a retención.

Definición

El Modelo 200 es la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades (IS). Se presenta entre el 1 y el 25 de julio del año siguiente al ejercicio. En una entidad parcialmente exenta, recoge: ingresos exentos (cuotas de socios, donaciones finalistas), ingresos sujetos (patrocinios, alquileres, bar, merchandising), gastos imputables a la actividad sujeta, base imponible resultante, tipo aplicable (25% por defecto) y cuota a pagar o a devolver.

La obligación de presentar varía: hay exoneraciones para entidades parcialmente exentas si las rentas totales no superan ciertos umbrales, los ingresos no exentos son inferiores a un mínimo, y todos los ingresos no exentos están sujetos a retención. Pero en cuanto el club tiene cualquier patrocinio o alquiler significativo, la obligación se activa.

¿Cuándo aplica?

Anualmente, para clubes obligados. Si los ingresos del club caben todos en la exención del régimen de entidades parcialmente exentas y no superan los umbrales mínimos, el club puede estar exonerado de presentar — pero es importante verificar consulta vinculante DGT o asesoramiento para no equivocarse.

Ejemplo práctico

Cierre 2025 del C.D. Atletismo Norte: ingresos por cuotas 95.000 € (exentos), patrocinios 18.000 € (sujetos), bar 6.000 € (sujetos), gastos directos imputables 17.000 €. Base imponible = 18.000 + 6.000 - 17.000 = 7.000 €. Cuota = 7.000 × 25% = 1.750 €. El tesorero, con apoyo de gestoría, presenta el Modelo 200 entre el 1 y el 25 de julio de 2026 con esos datos.

Errores comunes

  • Pensar que como las cuotas están exentas no hay que presentar nada: los patrocinios y similares activan la obligación.
  • Imputar todos los gastos a la actividad sujeta: solo los directamente imputables o, mediante prorrata, los proporcionales.
  • Saltarse el plazo de julio: la presentación fuera de plazo lleva recargos automáticos.
  • No conservar facturas: la AEAT puede pedir justificantes hasta 4 años después.

Términos relacionados

Para profundizar

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Esto no es asesoramiento específico

Información a fecha mayo 2026. La normativa cambia y cada club tiene su casuística (CCAA, federación, tamaño, actividades). Para tu caso concreto consulta a un abogado o asesor especializado en derecho deportivo.

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