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GlosarioFiscal

Modelo 111 (Retenciones IRPF)

Declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicadas por el club a personal y profesionales.

Definición

El Modelo 111 es la declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. Lo presenta el club cuando paga: salarios a empleados (retención según tablas IRPF), facturas a profesionales autónomos sin grupo profesional concreto (retención del 15% o 7% en supuestos específicos), rendimientos de actividades artísticas o deportivas, premios sujetos a retención. La presentación es trimestral, en los primeros 20 días del mes siguiente.

Complementa al Modelo 190, que es el resumen anual de todas las retenciones practicadas durante el ejercicio (presentado en enero del año siguiente). Sin Modelo 111 al día, el club no puede deducir esos pagos como gastos en IS y los autónomos no pueden acreditar las retenciones soportadas.

¿Cuándo aplica?

Aplica cuando el club tiene empleados o paga a profesionales autónomos por servicios (entrenadores autónomos, fisioterapeuta autónomo, gestoría, abogado, etc.). Cada factura recibida con retención del 15% (o 7% nuevos) genera obligación de presentar 111 ese trimestre. Si el club no paga ningún rendimiento sujeto a retención, no presenta.

Ejemplo práctico

C.D. Natación La Costa paga al fisioterapeuta autónomo 600 € + IVA por sesiones, con retención del 15% (90 €). También paga al entrenador asalariado 850 €/mes con retención según tablas IRPF (45 €/mes). En el trimestre, el club ha retenido 90 + 45*3 = 225 €. Presenta Modelo 111 el día 18 de abril ingresando esos 225 € a la AEAT. En enero del año siguiente presenta Modelo 190 con el resumen anual.

Errores comunes

  • No retener al entrenador autónomo: el club es retenedor por ley; no hacerlo es sancionable y traslada problema al autónomo.
  • Olvidar el Modelo 190 anual: el 111 trimestral debe cerrarse con el 190 en enero.
  • Aplicar mal el % de retención: hay matices según tipo de servicio y antigüedad del autónomo.
  • No presentar 111 cero en trimestres sin retenciones: si en algún trimestre no hubo, en muchos casos sí hay que presentar negativa.

Términos relacionados

Para profundizar

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Esto no es asesoramiento específico

Información a fecha mayo 2026. La normativa cambia y cada club tiene su casuística (CCAA, federación, tamaño, actividades). Para tu caso concreto consulta a un abogado o asesor especializado en derecho deportivo.

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