Definición
El Modelo 347 es una declaración informativa (no de pago) que recoge las operaciones realizadas con clientes y proveedores cuyo importe agregado durante el ejercicio supera los 3.005,06 € (IVA incluido). Se presenta una vez al año, en febrero, con los datos del ejercicio anterior. Sirve a la AEAT para cruzar facturación entre empresas y detectar incoherencias.
Entidades sin ánimo de lucro están obligadas a presentarlo respecto a operaciones realizadas en el ámbito de su actividad sujeta. No se incluyen las operaciones exentas relativas a las cuotas de socios. Para muchos clubes amateurs es informativo pero relevante: aparecer en el 347 cruzado de un proveedor te da trazabilidad ante la AEAT.
¿Cuándo aplica?
Anualmente en febrero, si has tenido operaciones con un cliente o proveedor por más de 3.005,06 € (IVA incl.) en el ejercicio anterior. Para un club amateur típico, las facturas que más frecuentemente lo activan son: gestoría, asesoría jurídica, federación, suministros de instalaciones (luz/gas), bus de equipos, equipaciones deportivas. Si no llegas al umbral con ningún tercero, no presentas.
Ejemplo práctico
Errores comunes
- Confundirlo con declaración de pago: el 347 es informativo; no se paga nada con él.
- Olvidar incluir a la federación: las cuotas federativas suelen superar el umbral y deben declararse.
- Sumar IVA mal: el umbral es con IVA incluido. Operaciones de 2.480 € + IVA 21% (3.000,8 €) suelen quedar fuera por poco.
- Presentarlo fuera de plazo: febrero es el mes. Fuera de plazo lleva multa fija.
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Para profundizar
Esto no es asesoramiento específico
Información a fecha mayo 2026. La normativa cambia y cada club tiene su casuística (CCAA, federación, tamaño, actividades). Para tu caso concreto consulta a un abogado o asesor especializado en derecho deportivo.