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CumplimientoGuía pilar · Cumplimiento — LOPIVI

LOPIVI para clubes deportivos: las 7 obligaciones reales (2026)

Qué exige la Ley Orgánica 8/2021 a tu club, cómo nombrar al Delegado de Protección, plantilla del protocolo, gestión del Certificado de Delitos Sexuales, comunicación a familias, caso práctico paso a paso y diferencias con RGPD. Sin paja jurídica y con coste real.

Publicado
Publicado el 15 de mayo de 2026
Tiempo de lectura
18 min de lectura

Esto no es asesoramiento legal

Esta guía es material divulgativo elaborado por OneClub a partir de fuentes oficiales (BOE, Ministerio del Interior, registros autonómicos de entidades deportivas). Para tu caso concreto consulta a un abogado especializado en derecho deportivo o a la administración competente en tu CCAA.

Resumen ejecutivo: LOPIVI en 4 párrafos

La LOPIVI (Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, BOE 5/6/2021, vigente desde el 25/6/2021) obliga a toda entidad que organice actividades habituales con menores a tener un Delegado de Protección (DPI), un protocolo de actuación por escrito, formación específica para su personal y a verificar el Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual (CDNS) de cualquier persona — contratada o voluntaria — con contacto habitual con niños y adolescentes.

Aplica a tu club si tienes equipos, escuelas o cualquier actividad regular con menores de 18 años. No importa el tamaño: un club de fútbol base de 40 niños está tan obligado como una academia de baloncesto de 400. Si solo tienes equipos sénior >18 años, no aplica formalmente, aunque las buenas prácticas siguen siendo recomendables.

El incumplimiento es sancionable: infracciones leves de 30 a 3.000 €, graves de 3.001 a 30.000 € y muy graves de 30.001 € a 1.000.000 €. Más allá de la multa, el riesgo reputacional ante familias y federación es alto: una sola denuncia mal gestionada puede dinamitar la confianza del club.

La buena noticia: cumplir LOPIVI en un club pequeño cuesta entre 500 y 1.500 €/año si el DPI es interno y voluntario. La carga real no es económica sino organizativa — pasa por documentar, formar y comunicar. Esta guía te lleva paso a paso por las 7 obligaciones, con plantillas, un caso práctico, checklist y la diferencia entre LOPIVI y RGPD que casi todos los clubes confunden.

Por qué LOPIVI aplica a tu club (con o sin ánimo de lucro)

LOPIVI no distingue entre clubes profesionales y aficionados, ni entre asociaciones sin ánimo de lucro y sociedades anónimas deportivas. La obligación se activa cuando organizas actividades habituales con menores. Dos ejemplos reales de clubes que pensaban que no les aplicaba — y sí.

Caso 1: club de fútbol base con 200 jugadores

Un club de barrio con cuatro categorías (benjamín, alevín, infantil, cadete), 200 jugadores entre 7 y 15 años, 12 entrenadores (10 voluntarios padres + 2 contratados) y un equipo sénior amateur. LOPIVI aplica porque la actividad principal del club es formación deportiva infantil. Necesita: DPI nombrado, protocolo escrito, CDNS de los 12 entrenadores (también los padres-voluntarios), formación inicial al personal y comunicación del protocolo a las familias al inicio de temporada. El club no podía limitarse a verificar el CDNS solo de los entrenadores contratados — los voluntarios con contacto habitual también lo necesitan.

Caso 2: escuela de pádel con 80 alumnos menores

Una escuela privada de pádel con 80 alumnos de los cuales 60 son menores de edad (academia infantil + tecnificación juvenil), 4 monitores en plantilla y 3 colaboradores externos puntuales. LOPIVI aplica plenamente: el contacto con menores es habitual y estructural al negocio. Los 7 profesionales necesitan CDNS, no solo los de plantilla; el club debe tener un DPI (puede ser el director deportivo si recibe formación), un protocolo activado y comunicar a familias a la matrícula. Confusión frecuente: pensar que como es 'privado' o 'pequeño' la ley no aplica. Aplica igual.

Si tu club tiene cualquier actividad regular con menores — fútbol base, escuela de pádel o tenis, academia de baloncesto, club de natación con escuela, judo, gimnasia, atletismo de base — LOPIVI te aplica. Solo queda fuera de su ámbito formal el club que únicamente tenga equipos sénior >18 años, aunque incluso ahí recomendamos seguir las buenas prácticas (especialmente código de conducta y comunicaciones).

Las 7 obligaciones LOPIVI para tu club

Resumen de los 7 ejes que estructuran el cumplimiento. Cada una se desarrolla en su sección propia más abajo. Esta es la checklist mental que debes mantener al día.

  1. Designar Delegado/a de Protección (DPI). Persona del club — interna o externa — responsable de recibir denuncias, coordinar el protocolo y velar por la formación. Es la obligación central: sin DPI nombrado por escrito, ninguna otra obligación funciona.
  2. Protocolo de actuación por escrito. Documento conocido por todo el personal que define tipos de situación, canales de denuncia (físico, email, app), escalado (DPI → Junta → autoridades), registro confidencial y comunicación a familias. Sin protocolo formal, las situaciones se gestionan caso a caso y el riesgo de error sube.
  3. Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual (CDNS). Todo profesional o voluntario con contacto habitual con menores debe aportarlo. Se obtiene gratis en la sede electrónica del Ministerio de Justicia (sede.administracionespublicas.gob.es). Vigencia indefinida pero se recomienda renovar cada 1-2 años.
  4. Formación específica en derechos de infancia. Personal con contacto habitual debe recibir formación en derechos de infancia y detección de la violencia. Inicial al incorporarse + reciclaje anual recomendado. Hay cursos oficiales gratuitos del Ministerio y opciones pagadas vía federaciones.
  5. Código de conducta explícito. Normas claras de relación adulto-menor: no contacto físico innecesario, comunicaciones SOLO por canales del club (nada de WhatsApp personal entrenador-menor), entrevistas con menor con 2 adultos presentes, no usar fotos/vídeos del club en redes personales del staff.
  6. Difusión y comunicación a familias. Socios, familias y menores deben conocer el protocolo y al DPI: cartelería en instalaciones, mención en la web, charla obligatoria a familias en el inicio de temporada y comunicación clara del canal de denuncia.
  7. Registro interno de incidencias. Cualquier sospecha, denuncia o intervención del DPI se registra de forma confidencial: fecha, descripción, partes implicadas, acciones tomadas y resultado. Conservación mínima 5 años. Acceso restringido al DPI y a la Presidencia.

Las 7 obligaciones se refuerzan unas a otras: el DPI sin protocolo no opera, el protocolo sin formación es papel mojado, la formación sin comunicación a familias no llega a quien debe usar el canal. Trabájalas como sistema, no como casilleros sueltos.

Cómo nombrar al Delegado/a de Protección (DPI)

El DPI es la figura más importante del marco LOPIVI en tu club. Su nombramiento debe ser formal — acuerdo de Junta Directiva por escrito, con aceptación del cargo — y comunicado al personal y a las familias. No basta con 'que sea Pedro'; tiene que constar.

Perfil ideal del DPI

Persona del club, accesible para menores y familias, con sensibilidad por el tema y disposición a formarse. No requiere titulación legal — sí formación específica LOPIVI. Lo habitual en clubes de base: secretaría, coordinador deportivo, padre/madre voluntario con perfil empático y discreto, o miembro de junta. En clubes mayores conviene un perfil con dedicación parcial específica (no solo añadido a un cargo ya saturado).

Funciones principales del DPI

  • Receptor de denuncias y sospechas — punto único de contacto para personal, familias y menores.
  • Coordinador del protocolo — activa cada paso del proceso de actuación cuando hay un caso.
  • Responsable de la formación interna — coordina cursos iniciales y reciclajes anuales para todo el personal con contacto habitual.
  • Custodio del registro de incidencias — confidencial, con acceso restringido.
  • Enlace con autoridades — comunica a Servicios Sociales, Fiscalía de Menores o Fuerzas y Cuerpos cuando procede según el protocolo.

DPI interno o externo: cuándo elegir cada uno

DPI interno (un miembro del club): habitual en clubes pequeños y medianos. Ventajas: cercanía, conocimiento del día a día, coste prácticamente nulo si es voluntario. Riesgos: conflicto de roles (si el DPI es también entrenador del equipo donde ocurre la denuncia), sobrecarga. DPI externo (asesoría jurídica especializada o consultor LOPIVI): habitual en clubes grandes o cuando hay alta exposición pública. Ventajas: independencia, formación garantizada. Coste: 600-2.000 €/año típico. Recomendación: empieza con interno bien formado, externaliza solo si el volumen lo justifica o si surge un caso complejo.

Dedicación y remuneración

En un club de base con 100-300 menores, la dedicación efectiva del DPI suele ser de 2-4 horas al mes en operativa normal, picos puntuales durante un incidente. No es obligatorio remunerar el cargo en clubes sin ánimo de lucro y con DPI voluntario interno — la mayoría lo asume ad honorem. Sí es recomendable cubrir el coste de la formación inicial y reciclajes (50-200 € por curso) y dar visibilidad al cargo en la web y la cartelería del club.

Plantilla del Protocolo de Actuación: qué debe contener

El protocolo es el manual operativo que se activa cuando aparece una sospecha o denuncia. Debe estar por escrito, ser conocido por todo el personal y revisado al menos anualmente. Estos son los 7 bloques que no pueden faltar.

Estructura mínima del protocolo

  1. Ámbito de aplicación y tipos de situación cubiertos. Define qué situaciones activa el protocolo: violencia física, psicológica o sexual; abandono o negligencia detectada en el menor; situaciones de acoso entre iguales (bullying en equipo); conductas inapropiadas del personal del club. Cuanto más claro el catálogo, menos zonas grises.
  2. Identificación del DPI y vías de contacto. Nombre, foto, email directo, teléfono o canal de mensajería del club. Esta información debe estar disponible en la web, en cartelería visible en instalaciones y en la comunicación a familias al inicio de temporada.
  3. Canales de denuncia (mínimo dos). Canal presencial (entrevista con DPI) y canal escrito (formulario web, email dedicado o buzón físico). Recomendable un tercer canal anónimo. La denuncia debe poder hacerla menor, familia o personal del club indistintamente.
  4. Proceso de escalado y plazos. Quién recibe → quién decide → cuándo se eleva a Junta → cuándo se contacta autoridades (Servicios Sociales, Fiscalía de Menores, 112 si hay riesgo inmediato). Plazo recomendado: primera evaluación del DPI en 24-48 h, decisión de actuación en 72 h salvo riesgo grave que exige actuación inmediata.
  5. Medidas cautelares mientras se investiga. Qué hacer con la persona denunciada durante la fase de evaluación: separación temporal de contacto con menores, reasignación, baja temporal. Equilibrio entre proteger al menor y no condenar sin investigar.
  6. Comunicación a familias y al menor afectado. Quién comunica, qué se comunica y cuándo. Protocolo de información a la familia del menor presuntamente víctima, comunicación a otras familias si procede (con cuidado de no exponer al menor) y acompañamiento al menor.
  7. Registro y conservación del caso. Ficha confidencial con fecha, hechos, partes, acciones tomadas, resolución. Custodia mínima 5 años, acceso restringido al DPI y Presidencia. Si el caso pasa a vía penal, se conserva mientras el procedimiento esté abierto.

El protocolo se firma por el DPI y la Presidencia. Se entrega a todo el personal con contacto habitual al incorporarse, se publica resumen en la web del club y se revisa formalmente cada año. Nunca lo escondas en un cajón: si nadie lo conoce, no existe.

Certificado de Delitos Sexuales (CDNS): quién, cómo y dónde

El CDNS — Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual y Trata de Seres Humanos — es el documento que acredita que una persona no tiene antecedentes en el Registro Central correspondiente. Sin él, esa persona no puede tener contacto habitual con menores en tu club. Punto.

Quién debe presentar CDNS

Todo profesional y voluntario con contacto habitual con menores en tu club. 'Habitual' significa contacto regular en el desarrollo de la actividad, no puntual. En la práctica, en un club deportivo de base esto incluye:

  • Entrenadores y entrenadoras de todas las categorías con menores (contratados o voluntarios).
  • Monitores deportivos, preparadores físicos y fisioterapeutas con contacto en sesiones.
  • Delegados de equipo voluntarios (típicamente padres) que acompañan al equipo a partidos, vestuarios o viajes.
  • Coordinadores deportivos y directores técnicos con presencia en entrenamientos.
  • Personal de secretaría si atiende a menores en el día a día o gestiona inscripciones presenciales.
  • Voluntarios de eventos del club si trabajan con menores (no aplica a un padre que ayuda puntualmente con la barra de un torneo sin contacto directo).

Cómo obtener el CDNS (gratis y online)

Cada persona lo solicita individualmente en la sede electrónica del Ministerio de Justicia (sede.administracionespublicas.gob.es), entrando con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. El trámite es gratuito y se descarga en PDF en cuestión de minutos. Para quienes no tienen identificación electrónica, hay opción presencial en oficinas del Ministerio o gerencias territoriales con cita previa. El club no puede pedirlo por su personal — la solicitud es siempre individual del propio interesado, que luego lo entrega al club.

Almacenamiento y vigencia

El CDNS no caduca formalmente pero lo prudente es renovarlo cada 1-2 años, especialmente al inicio de cada temporada deportiva. Almacénalo en formato digital en el expediente personal del trabajador o voluntario, con acceso restringido a Presidencia / DPI / Secretaría y nunca compartido fuera del club. Cumple con RGPD: base jurídica obligación legal (LOPIVI), conservación mientras dure la relación y 5 años adicionales, derecho de supresión al cesar el vínculo.

Qué hacer si alguien se niega a aportarlo

Si una persona se niega a presentar el CDNS, no puede mantener contacto habitual con menores en el club. Punto innegociable — no es opcional ni hay margen jurídico. Suele aparecer con padres-voluntarios que se ofrecen como delegados o transportistas a partidos: explícales que la ley no diferencia entre voluntario y profesional. Si después de explicarlo siguen sin querer, agradéceles y reasígnales tareas sin contacto con menores. Document por escrito la solicitud y la negativa — protege al club.

Formación obligatoria: qué, dónde y cuándo

Todo el personal con contacto habitual con menores tiene que recibir formación específica. Sin la formación, la firma del protocolo es puro papel y el club queda expuesto en una eventual inspección o caso real.

Contenidos mínimos que debe cubrir la formación

  • Marco legal: LOPIVI, Convención de Derechos del Niño, normativa autonómica aplicable.
  • Tipos de violencia contra menores: física, psicológica, sexual, negligencia, acoso entre iguales.
  • Indicadores de detección — qué señales en el menor pueden alertar al adulto formado.
  • Protocolo del club: rol del DPI, canales de denuncia, cómo se activa un caso, qué hacer y qué NO hacer.
  • Código de conducta del personal: contacto físico, comunicaciones, fotos/vídeo, entrevistas individuales con menor.

Dónde encontrar formación oficial o reconocida

El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ofrece materiales gratuitos en su web. Las federaciones autonómicas y nacionales suelen organizar cursos específicos para clubes federados (consulta a tu federación deportiva — muchas exigen ya formación LOPIVI para tramitar licencias). Plataformas privadas (Save the Children, UNICEF, consultoras de compliance deportivo) ofrecen cursos pagados entre 50 y 200 € por persona con certificado válido. Si tu club tiene presupuesto cero, la combinación 'material Ministerio + sesión interna del DPI' es defendible legalmente para empezar.

Frecuencia recomendada

Formación inicial obligatoria al incorporarse cualquier nueva persona (entrenador, voluntario, monitor) antes de su primer contacto con menores. Reciclaje anual recomendado de 1-3 horas para todo el personal con contacto habitual. Tras un incidente real o un cambio normativo, sesión extraordinaria. Registra siempre asistencia: lista firmada, fecha, contenido impartido y duración. Esa lista es la prueba de cumplimiento.

Comunicación a familias y a menores

Una de las obligaciones más infravaloradas y, paradójicamente, la que más protege al club ante un eventual conflicto. Las familias y los propios menores tienen que conocer el protocolo y al DPI. Si no lo conocen, no pueden usar el canal — y el club queda expuesto.

Carta informativa al inicio de temporada

Documento de 1-2 páginas que se entrega o envía por email a todas las familias al inicio de la temporada deportiva. Incluye: qué es LOPIVI en lenguaje claro, qué es el DPI y quién es el de tu club, cuáles son los canales de denuncia y cómo se garantiza la confidencialidad. Adjunta un resumen del código de conducta del personal — las familias agradecen saber qué pueden esperar (y qué no) del entrenador de su hijo/a.

Charla obligatoria a familias en la reunión de inicio de temporada

En la reunión inicial de temporada (la típica donde se presentan entrenadores, calendario y cuotas), dedica 10 minutos específicos a LOPIVI: presentar al DPI en persona, explicar el canal de denuncia, recordar las normas básicas (no contacto WhatsApp directo entrenador-menor) y abrir turno de preguntas. Es la mejor inversión de minutos del año en cuanto a protección y reputación.

Comunicación dirigida a los menores

Los propios menores tienen que saber que existe alguien (el DPI) al que pueden contarle si algo no va bien, dentro o fuera del club. Adapta el lenguaje a la edad: cartelería sencilla en vestuarios, breve mención al inicio de la temporada por parte del entrenador, recordatorio de 'aquí nadie te va a juzgar por contar algo'. El menor que no sabe que hay un canal no lo usa, y los abusos prosperan en el silencio.

Registro de incidencias: qué, cómo y cuánto tiempo

Cualquier intervención del DPI — desde una conversación con una familia preocupada hasta una denuncia formal — se registra. La memoria humana no es prueba; el documento sí. Y un buen registro protege al menor, al personal del club y al propio DPI.

  • Fecha y hora del registro y de los hechos relatados.
  • Descripción objetiva de la situación, separando hechos observados de impresiones del observador.
  • Identidad de las partes implicadas (menor, familia, personal del club, terceros si los hay).
  • Acciones tomadas por el DPI y por el club: entrevistas, medidas cautelares, comunicaciones internas y externas.
  • Resolución del caso — archivo, derivación a Servicios Sociales, denuncia ante autoridades, sanción interna.
  • Firmas: DPI y Presidencia. Si el caso es grave, también la persona afectada o su representante legal.

El registro se conserva mínimo 5 años desde la resolución. Si el caso ha pasado a vía penal, se conserva mientras dure el procedimiento. Acceso restringido al DPI y a la Presidencia, almacenado bien sea en formato físico bajo llave o en archivo digital cifrado con acceso por permisos. Cumple RGPD: la base es la obligación legal LOPIVI.

Caso práctico: gestión de un incidente paso a paso

Vemos un escenario realista — verosímil aunque ficticio — para que veas cómo el protocolo, el DPI y el registro funcionan juntos cuando ocurre algo. Es el tipo de situación que ningún club quiere y todos los clubes deben saber resolver.

Una madre escribe al DPI del club: su hija de 12 años (jugadora del equipo infantil femenino de baloncesto) le ha contado que el entrenador le gritó delante del equipo en el último entrenamiento y le dijo 'eres una inútil, así no vas a llegar a nada'. La niña llegó a casa llorando y no quiere volver. Es la segunda vez en un mes que la madre escucha algo así. ¿Cómo se gestiona?

6 pasos del DPI

  1. Acuse de recibo en 24h. El DPI responde a la madre confirmando que recibe el mensaje, agradece la confianza, garantiza confidencialidad y le explica que activa el protocolo. Cita una reunión presencial o videollamada en 48-72 h. Abre ficha de incidencia con los datos básicos.
  2. Entrevista con la familia (sin el menor todavía). El DPI escucha a la madre con dos personas presentes (idealmente DPI + Presidencia o Coordinador Deportivo, sin que ninguna tenga conflicto). Recoge hechos: cuándo ocurrió, qué se dijo exactamente, si hubo testigos, cómo está la niña ahora. Pregunta si la familia quiere mantener el caso interno o desea avanzar formalmente.
  3. Evaluación inicial y medidas cautelares. El DPI valora la gravedad. Insultos repetidos a una menor son violencia psicológica según LOPIVI — exige actuación. Activa medida cautelar: el entrenador suspendido temporalmente de su contacto con el equipo mientras se investiga (suspensión preventiva, no sancionadora). El equipo lo asume el segundo entrenador o el coordinador deportivo.
  4. Entrevista con el entrenador. Reunión formal del DPI + Presidencia con el entrenador. Se exponen los hechos sin revelar la fuente. Se escucha su versión. Se le comunica que durante la evaluación está suspendido temporalmente del contacto con el equipo. Se documenta todo por escrito y se firma por ambas partes.
  5. Decisión y comunicación. Si los hechos se confirman (testigos, patrón previo), se aplica sanción interna según estatutos: amonestación formal, suspensión definitiva o rescisión del contrato si aplica. Se comunica a la familia la decisión tomada, sin entrar en detalles sancionadores del entrenador (protege también su privacidad). El menor recibe acompañamiento — entrevista breve si está dispuesta, con apoyo psicológico externo si lo necesita.
  6. Cierre y aprendizaje. Se cierra la ficha de incidencia con la resolución. Se conserva 5 años. En la siguiente sesión de formación interna, el caso (anonimizado) se usa para reforzar el código de conducta del personal. Si la familia se siente satisfecha con la gestión, lo más habitual es que la niña vuelva al equipo con el nuevo entrenador. Caso bien gestionado = club que se gana la confianza de las familias.

Lo que NO debe hacer el DPI: minimizar ('los entrenadores siempre se exaltan'), apresurarse a despedir sin escuchar al entrenador, comunicar el caso al grupo de WhatsApp de padres, dejar al entrenador en contacto con el equipo mientras se investiga, o no registrar nada. Cada uno de esos errores genera responsabilidad del club. La gestión por protocolo es lenta a propósito — y es lo que protege a todas las partes.

LOPIVI vs RGPD vs DPO: diferencias claras

Casi todos los clubes que asesoramos confunden LOPIVI con RGPD, y al Delegado de Protección (DPI) con el Delegado de Protección de Datos (DPO). Son cosas distintas, regulaciones distintas y figuras distintas — aunque en clubes pequeños las funciones pueden recaer en la misma persona si tiene la formación adecuada.

DimensiónLOPIVIRGPD / LOPDGDDDPO (RGPD)
Qué protegeProtección de menores frente a la violencia física, psicológica y sexual.Protección de datos personales de cualquier persona física.Vigila el cumplimiento del RGPD dentro de la entidad.
NormaLO 8/2021, de 4 de junio (BOE 5/6/2021).Reglamento (UE) 2016/679 + LO 3/2018 (LOPDGDD).Art. 37-39 RGPD.
Figura claveDelegado/a de Protección (DPI).Responsable del tratamiento + (opcional/obligatorio) DPO.Delegado de Protección de Datos (DPO/DPD).
Aplica a clubesSí, si organizas actividad habitual con menores.Sí, todo club que trate datos personales (siempre).Obligatorio si haces tratamiento a gran escala o categorías especiales; en clubes pequeños suele ser opcional.
Solape típicoPublicar foto de menor sin consentimiento puede ser RGPD + LOPIVI si se entiende como exposición.Custodia del CDNS exige base RGPD (obligación legal LOPIVI).En un club pequeño DPI y DPO pueden ser la misma persona, pero con dos formaciones distintas.

Regla práctica: si el problema implica a un menor y su integridad → LOPIVI. Si implica datos personales (foto, dirección, salud, historial médico) → RGPD. Muchos casos tocan los dos. Tu DPI y tu responsable RGPD deben hablarse, sobre todo a la hora de gestionar fotos y vídeos de equipos en la web del club y en redes sociales.

Checklist de cumplimiento LOPIVI

18 puntos binarios que te dicen si tu club está al día con LOPIVI. Si fallas más de 4 — toca ponerse a trabajar esta semana. Si fallas más de 8 — riesgo serio ante una eventual inspección o denuncia.

  • Tenemos un DPI nombrado formalmente por escrito por la Junta Directiva.
  • El nombramiento del DPI se ha comunicado al personal y a las familias.
  • Tenemos un protocolo de actuación por escrito, firmado por DPI y Presidencia.
  • El protocolo define al menos dos canales de denuncia distintos (presencial + escrito).
  • Todo el personal con contacto habitual ha presentado CDNS vigente.
  • Los CDNS están almacenados de forma segura con acceso restringido.
  • Los voluntarios (incluidos padres delegados) también han aportado CDNS.
  • El personal con contacto habitual ha recibido formación inicial LOPIVI.
  • Hay un calendario anual de reciclajes formativos planificado.
  • Existe un código de conducta escrito y firmado por el personal con contacto habitual.
  • El protocolo se ha comunicado a las familias por carta o email al inicio de temporada.
  • En la reunión de inicio de temporada se dedica un bloque específico a LOPIVI.
  • Hay cartelería visible en instalaciones con la identidad y contacto del DPI.
  • El web del club menciona LOPIVI y al DPI.
  • Existe un registro confidencial de incidencias, aunque esté vacío.
  • El registro de incidencias tiene custodia mínima de 5 años garantizada.
  • Sabemos diferenciar una incidencia LOPIVI de una incidencia RGPD.
  • Hemos revisado el protocolo al menos una vez en los últimos 12 meses.

Cómo OneClub te ayuda con LOPIVI en el día a día

OneClub no sustituye al DPI ni al protocolo, pero sí elimina la fricción operativa que hace que la mayoría de clubes acaben incumpliendo por desorden — no por mala fe. Esto es lo que automatizamos:

  • Custodia del protocolo y comunicaciones. Subes el protocolo y código de conducta al perfil del club. Cuando un nuevo entrenador o voluntario entra, lo firma digitalmente desde su portal. Queda registro automático de aceptación con fecha y huella.
  • Verificación y caducidad del CDNS. El expediente de cada miembro del personal incluye campo CDNS con fecha de subida y alerta automática a los 12-18 meses para renovar. El acceso al documento queda restringido a Presidencia y DPI por permisos.
  • Comunicación a familias y portal del DPI. Envío masivo de la carta informativa al inicio de temporada con confirmación de lectura. Página pública con foto y contacto del DPI accesible desde el portal de socios. Canal directo familia → DPI integrado.
  • Registro de incidencias con trazabilidad. Ficha digital del caso con cronología, partes implicadas, acciones y archivos adjuntos. Acceso restringido por permisos. Conservación automática y exportación en PDF para auditoría o autoridades.

Empezar es gratuito hasta 50 socios — sin tarjeta. Si tu club ya tiene DPI nombrado y protocolo escrito, en una tarde puedes tener el sistema funcionando para todo el personal.

Recursos oficiales y enlaces útiles

Trabaja siempre con fuente oficial. Estos son los enlaces principales que actualiza la Administración — bookmark obligatorio para cualquier DPI.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan los clubes que están empezando.

Última nota — esto no sustituye a un abogado

Esta guía es material divulgativo elaborado por OneClub a partir de fuentes oficiales (BOE, Ministerio del Interior, registros autonómicos de entidades deportivas). Para tu caso concreto consulta a un abogado especializado en derecho deportivo o a la administración competente en tu CCAA.

Información a fecha 15 de mayo de 2026. La normativa autonómica cambia; verifica el plazo y la documentación en la sede electrónica del registro de tu CCAA antes de presentar.

Mantenemos esta guía actualizada. Si detectas un dato obsoleto, escríbenos a hola@oneclubapp.com.

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