Resumen ejecutivo: lo esencial en 4 párrafos
Crear un club deportivo en España es razonablemente barato (0 € a 1.500 € el primer año) y razonablemente rápido (1 a 6 meses según CCAA), pero la diferencia entre tardar 30 días o 6 meses suele estar en los detalles: estatutos completos, NIF provisional pedido a tiempo y modelo de instancia correcto del registro autonómico que te toca.
Para el 95 % de los casos amateur (escuela de fútbol base, equipo de pádel del barrio, club de natación municipal) la figura adecuada es el club deportivo básico con personalidad jurídica propia. La sociedad anónima deportiva (SAD) es solo para competiciones profesionales —LaLiga, ACB, Liga Asobal— y queda fuera de esta guía.
Las 17 CCAA tienen registros distintos, con plazos y tasas que oscilan entre gratuito (Andalucía, Cataluña en general) y 100 € largos. La inscripción la lleva la Consejería o Dirección General de Deportes de cada autonomía. En el cuerpo de la guía cubrimos en detalle Andalucía, Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia y País Vasco, y damos una tabla resumen del resto.
Tras la inscripción te tocan tres frentes simultáneos: abrir cuenta bancaria, montar la contabilidad bajo el Plan General de Entidades Sin Ánimo de Lucro (RD 1491/2011) y cumplir LOPIVI si trabajáis con menores. La buena noticia: si lo estructuras bien desde el primer mes, no vuelves a tocarlo en 12-18 meses.
Antes de empezar: ¿club o asociación deportiva?
Antes de meterte de cabeza en el registro de entidades deportivas conviene parar 10 minutos a decidir entre dos figuras que se parecen mucho pero tributan y se regulan distinto: el club deportivo y la asociación deportiva (o asociación cultural con actividad deportiva).
La diferencia clave la marca la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, que define al club deportivo como entidad cuyo fin esencial es la práctica deportiva organizada y que, a diferencia de una asociación genérica, puede federarse y competir en competiciones oficiales. Si tu intención es montar un equipo que juegue una liga federada (futbol base, pádel autonómico, voleibol territorial), necesitas un club deportivo registrado en el registro autonómico de entidades deportivas. Una asociación cultural genérica no cumple.
Si lo que vas a hacer es organizar quedadas, actividad recreativa o eventos puntuales sin competición oficial, una asociación de la Ley Orgánica 1/2002 (Ley reguladora del Derecho de Asociación) suele ser más barata y más rápida: se inscribe en el Registro Nacional de Asociaciones o el autonómico equivalente y no exige acreditar finalidad deportiva.
Tabla rápida de decisión: ¿competirás en liga federada o federación autonómica? → club deportivo. ¿Solo actividades amateur sin competición regulada? → asociación deportiva o cultural. ¿Tendrás cuotas mensuales y subvenciones públicas? → club deportivo (más reconocimiento administrativo). ¿Es un proyecto puntual de 6 meses? → asociación.
Los 3 tipos de club deportivo (elemental, básico, SAD)
La Ley del Deporte distingue tres figuras societarias para la actividad deportiva organizada. La inmensa mayoría de clubes amateur entran en una de las dos primeras.
Club deportivo elemental. Es la figura más ligera. No tiene personalidad jurídica propia, lo que significa que los responsables fundadores responden personalmente de las obligaciones. Está pensado para actividades amateur sin competición federada o con competición autonómica de nivel bajo. La estructura mínima es un acta fundacional firmada por al menos tres socios fundadores y un documento de identidad. No exige estatutos formales (aunque siempre recomendamos tenerlos para evitar discusiones internas). El registro autonómico lo admite con trámite simplificado en la mayoría de CCAA.
Club deportivo básico. Esta es la figura por defecto del deporte amateur en España. Tiene personalidad jurídica propia, lo que blinda a los socios fundadores frente a deudas del club. Exige estatutos formales con contenido mínimo legal (denominación, domicilio, objeto, ámbito, órganos de gobierno, régimen económico, régimen disciplinario, disolución), una junta directiva con al menos presidente, secretario y tesorero, y un mínimo de tres socios fundadores. Puede federarse, competir en ligas oficiales, contratar empleados, abrir cuenta bancaria a su nombre y solicitar subvenciones públicas. Si tienes dudas, este es el formato que te toca.
Sociedad anónima deportiva (SAD). Es la forma societaria obligatoria para competiciones profesionales en las modalidades reguladas por el Consejo Superior de Deportes: LaLiga, ACB, Liga Asobal de balonmano y similares. Exige capital social mínimo elevado, junta general de accionistas, auditoría obligatoria y un régimen de transparencia mucho más exigente. Si estás leyendo esta guía, casi seguro que esto no es lo tuyo. Lo mencionamos solo para que no haya dudas.
Recomendación práctica: si vais a competir en algo federado en los próximos 24 meses, montad club deportivo básico desde el principio. Migrar de elemental a básico después implica disolver y volver a constituir, lo cual no compensa el ahorro inicial de papeleo.
Cuánto cuesta crear un club deportivo
Hay un mito instalado de que crear un club deportivo cuesta miles de euros. Es falso. La normativa española es generosa con las entidades deportivas sin ánimo de lucro. Estos son los costes reales según hemos visto en docenas de clubes recientes.
Notaría: no es obligatoria para club elemental ni básico. Esto es una diferencia importante respecto a una sociedad mercantil o una cooperativa. El acta fundacional se firma de forma privada por los socios fundadores y se presenta directamente al registro autonómico. Hay quien decide pasarla por notario para tener fecha cierta (50-150 € de minuta); es opcional y no aporta valor administrativo.
Tasas del registro autonómico: muy variables. Andalucía y Cataluña suelen tener inscripción gratuita para clubes básicos. Madrid, Galicia y País Vasco aplican tasas modestas (entre 20 € y 80 €). Algunas CCAA aplican tasas adicionales por la inscripción de modificaciones estatutarias posteriores. La media nacional realista para el primer trámite está en 0-150 €.
Asesoría legal: opcional. Un despacho especializado en derecho deportivo te cobra entre 200 € y 1.000 € por redactar estatutos a medida, preparar el acta fundacional, presentar la inscripción y acompañarte hasta el NIF definitivo. Si tu objeto social es estándar (escuela de fútbol base, club de pádel, equipo de baloncesto), puedes hacerlo solo con los modelos oficiales del registro de tu CCAA —que suelen incluir plantillas en sus sedes electrónicas— y ahorrarte el coste.
Apertura de cuenta bancaria: 0 € en la mayoría de bancos para entidades sin ánimo de lucro. Algunos exigen depósito inicial simbólico (60-120 €) que queda a disposición del club. Cuidado con las cuentas "sin comisiones" que luego cobran 8-15 €/mes por gestión: pide el cuadro de comisiones por escrito antes de firmar.
Otros costes habituales del primer año: NIF provisional y definitivo en AEAT (gratis), alta en la federación autonómica que corresponda (variable, entre 50 € y 400 € según deporte y categoría), seguro de responsabilidad civil (obligatorio si hay menores, entre 150 € y 600 €/año según número de federados), libro de actas y libro de socios (10-25 € el cuaderno físico, o 0 € si lo lleváis digital). Total realista primer año: entre 0 € y 1.500 €.
Cuánto tarda la inscripción
El plazo entre que presentas la inscripción y recibes la resolución varía de manera notable según la CCAA y la carga de trabajo del registro en ese momento. La media nacional realista está entre 1 y 6 meses. Si te dicen otra cosa, no es cierto: el plazo legal máximo de resolución que marcan la mayoría de normativas autonómicas es de 3 a 6 meses, pero el silencio administrativo es positivo en algunas CCAA (Cataluña, Andalucía) y negativo en otras, así que conviene mirar la normativa autonómica antes de dar por hecho.
Plazos típicos por CCAA (referencia, no garantía): Andalucía: 1-3 meses. Madrid: 2-4 meses. Cataluña: 1-2 meses (trámite electrónico ágil). Comunidad Valenciana: 2-4 meses. Galicia: 2-3 meses. País Vasco: 1-3 meses (los tres territorios funcionan en paralelo). Castilla y León: 2-4 meses. Castilla-La Mancha: 3-5 meses. Resto: 2-6 meses según volumen.
Trucos para acortar el plazo: presenta la documentación completa a la primera (los requerimientos de subsanación son la causa número uno de retrasos —se cuentan en semanas, no en días), usa la plantilla oficial de estatutos del registro de tu CCAA si existe (ningún jurista del registro va a poner pegas a su propia plantilla), pide el NIF provisional en AEAT antes de presentar al registro (algunas CCAA lo exigen y otras no, pero adelantar trabajo nunca penaliza) y presenta la solicitud por sede electrónica si está habilitada (suele ir más rápido que el papel).
Documentación que necesitas
La documentación que pide el registro autonómico tiene un núcleo común a todas las CCAA y luego pequeñas variaciones. Antes de empezar a redactar nada, descarga la guía oficial de tu CCAA: todas la publican en su sede electrónica y suelen incluir checklist completo.
Documentos base (válidos en las 17 CCAA):
- Acta fundacional firmada por los socios fundadores (mínimo 3 personas físicas mayores de edad, o 3 entidades jurídicas).
- Estatutos del club firmados, con contenido mínimo legal completo.
- Fotocopia del DNI / NIE de todos los socios fundadores y de los miembros designados de la junta directiva.
- Instancia o solicitud de inscripción dirigida al registro autonómico de entidades deportivas (modelo oficial de cada CCAA).
- Justificante del pago de tasas si aplica (CCAA que las exigen).
- Certificado del acta de la asamblea constituyente donde se aprueban los estatutos y se designa la junta directiva.
Documentos adicionales según CCAA: certificado de empadronamiento si el domicilio social está en un local propio (Madrid, Cataluña), declaración jurada de no estar inhabilitado para cargos directivos (algunos territorios), modelo de declaración responsable sobre la veracidad de los datos (común en sede electrónica).
Para el NIF provisional ante la Agencia Tributaria necesitas: modelo 036 (declaración censal) cumplimentado, acta fundacional, estatutos y DNI del representante legal. El NIF provisional sale habitualmente en 24-72 horas. Es provisional porque pasará a definitivo cuando el registro autonómico te inscriba; en la práctica el número no cambia, solo el atributo.
Cómo redactar los estatutos sin abogado
Los estatutos son el documento que va a regir toda la vida interna del club. Una mala redacción cuesta semanas de subsanaciones con el registro autonómico y, peor, conflictos internos en asambleas dentro de 3 años. Una buena redacción se hace en 90 minutos si tienes la plantilla oficial delante.
Contenido mínimo legal (aplica en las 17 CCAA, derivado de la Ley 39/2022 y de las leyes autonómicas del deporte):
- Denominación: nombre completo del club, único y no idéntico al de otra entidad registrada en la misma CCAA. Conviene verificar la disponibilidad en el buscador del registro antes de redactar.
- Domicilio social: dirección postal donde reside la actividad administrativa. Puede ser el domicilio particular de un socio fundador si no tenéis local propio (la mayoría de CCAA lo admite).
- Objeto: descripción de la actividad deportiva que va a desarrollar el club. Sé concreto pero no excesivamente restrictivo: "fomento, promoción y práctica del fútbol en categorías de base" mejor que "actividades deportivas".
- Ámbito de actuación: municipal, provincial, autonómico o nacional. Define el alcance territorial. Para clubes pequeños lo habitual es autonómico.
- Órganos de gobierno: asamblea general (órgano soberano), junta directiva (gestión ordinaria) y presidente (representación legal). Detalla composición, periodicidad de reuniones, mayorías de toma de decisiones y procedimiento de convocatoria.
- Régimen económico: sin ánimo de lucro, cuotas de socios, posibles ingresos por subvenciones / patrocinio / venta de entradas, prohibición de reparto de beneficios entre socios.
- Régimen disciplinario: causas de pérdida de la condición de socio, infracciones leves / graves / muy graves, procedimiento sancionador.
- Modificación de estatutos y disolución: mayorías exigidas, destino del patrimonio en caso de disolución (debe ir a otra entidad sin ánimo de lucro o a fines deportivos análogos, por exigencia legal).
Errores más comunes que provocan subsanación: objeto social demasiado amplio ("realizar cualquier actividad deportiva y cultural" — el registro va a pedir que lo concretes), olvidar mencionar el órgano competente para modificar estatutos, no especificar el destino del patrimonio en caso de disolución, indicar plazos de convocatoria de asamblea irreales ("con 24 horas de antelación" — debe ser razonable, mínimo 15 días salvo urgencia justificada), incluir cláusulas contrarias a la Ley del Deporte (por ejemplo, restringir el acceso por nacionalidad cuando la ley exige no discriminación).
Truco práctico: empieza por el modelo oficial de tu CCAA, no por el de otra. Cada autonomía tiene matices y usar el modelo "propio" del registro al que vas a presentar reduce las subsanaciones a casi cero. La Junta de Andalucía, la Generalitat de Catalunya, la Comunidad de Madrid y el Gobierno Vasco publican modelos descargables en sus sedes electrónicas.
Trámite paso a paso por CCAA
A continuación cubrimos en detalle las CCAA con más volumen de clubes nuevos al año. Para el resto, ver la tabla resumen al final de esta sección.
Andalucía
- Registro competente: Registro Andaluz de Entidades Deportivas (RAED), dependiente de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.
- Trámite: presencial o por sede electrónica de la Junta de Andalucía con certificado digital. La sede electrónica acelera notablemente el proceso.
- Tasas: inscripción gratuita en la modalidad ordinaria de club deportivo básico.
- Modelos oficiales: la Consejería publica un modelo de estatutos y un modelo de acta fundacional descargables en su web institucional. Usándolos, las subsanaciones bajan a casi cero.
- Plazo de resolución: máximo legal 3 meses, plazo real medio 4-8 semanas si la documentación va completa.
- Silencio administrativo: positivo (si pasan los 3 meses sin resolución expresa, se entiende inscrito).
- Particularidad: Andalucía admite el club deportivo elemental con trámite muy simplificado, útil para asociaciones de barrio sin federación.
Comunidad de Madrid
- Registro competente: Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid (REDCM), dependiente de la Dirección General de Juventud y Deportes.
- Trámite: presencial (Oficina de Asistencia en Materia de Registros) o sede electrónica de la Comunidad de Madrid. La sede electrónica funciona razonablemente bien.
- Tasas: aplica tasa modesta variable según ejercicio presupuestario (orientativamente entre 0 € y 50 € en función del año y de la modalidad).
- Modelos oficiales: la Comunidad publica modelo de estatutos en su web. Recomendable usarlo.
- Plazo de resolución: 3 meses legales, plazo real medio 8-16 semanas.
- Silencio administrativo: negativo (si no responden hay que reclamar; en la práctica casi siempre resuelven en plazo).
- Particularidad: la Comunidad de Madrid es bastante exigente con el detalle del objeto social: redáctalo concreto.
Cataluña
- Registro competente: Registre d'Entitats Esportives del Consell Català de l'Esport, dependiente de la Secretaria General de l'Esport i de l'Activitat Física.
- Trámite: completamente digital por sede electrónica con certificado digital o idCAT. Cataluña tiene uno de los procesos más ágiles de España.
- Tasas: inscripción gratuita en el supuesto ordinario.
- Modelos oficiales: estatutos y acta en catalán y castellano. La presentación se admite en cualquiera de las dos lenguas oficiales.
- Plazo de resolución: máximo legal 3 meses, plazo real medio 4-8 semanas.
- Silencio administrativo: positivo.
- Particularidad: Cataluña distingue "club esportiu" (figura general) y "associació esportiva escolar" (centros educativos). Si el club está vinculado a un colegio, mira la segunda figura.
Comunidad Valenciana
- Registro competente: Registre d'Entitats Esportives de la Comunitat Valenciana, dependiente de la Conselleria d'Educació, Universitats i Ocupació.
- Trámite: presencial o sede electrónica de la Generalitat Valenciana.
- Tasas: importes modestos, consultar tasa vigente.
- Modelos oficiales: disponibles en sede electrónica.
- Plazo de resolución: 3 meses legales, plazo real medio 8-16 semanas.
- Silencio administrativo: positivo.
- Particularidad: ELDA, el sistema electrónico de la Generalitat, exige certificado digital del representante legal — preparadlo antes.
Galicia
- Registro competente: Rexistro de Entidades Deportivas de Galicia, dependiente de la Secretaría Xeral para o Deporte.
- Trámite: presencial o sede electrónica de la Xunta.
- Tasas: tasa modesta consultable en sede electrónica.
- Modelos oficiales: la Xunta publica modelo de estatutos en gallego y castellano.
- Plazo de resolución: 3 meses legales, plazo real medio 8-12 semanas.
- Particularidad: Galicia exige que el ámbito de actuación esté claramente definido; ojo con clubes que pretenden actuar a nivel "nacional" sin justificación.
País Vasco
- Registros competentes: hay tres, uno por territorio histórico. Registro de Entidades Deportivas de Bizkaia, Registro de Entidades Deportivas de Gipuzkoa y Registro de Entidades Deportivas de Álava. Cada Diputación Foral lleva el suyo.
- Trámite: presencial o sede electrónica de la Diputación que corresponda según domicilio social del club.
- Tasas: tasas forales modestas (entre 20 € y 80 € según territorio y año).
- Modelos oficiales: cada Diputación publica los suyos. Hay diferencias menores entre ellos.
- Plazo de resolución: 3 meses legales, plazo real medio 4-12 semanas.
- Particularidad: si vais a operar en los tres territorios históricos os inscribís en el de domicilio social y luego comunicáis al resto.
Resto de CCAA: tabla resumen
Las demás autonomías siguen un patrón similar: registro de entidades deportivas dependiente de la Consejería o Dirección General de Deportes, modelos descargables, plazo legal de 3 meses y silencio mayoritariamente positivo. Particularidades a verificar antes de presentar:
- Aragón — Registro de Entidades Deportivas de Aragón. Sede electrónica del Gobierno de Aragón. Tasas modestas.
- Asturias — Registro de Entidades Deportivas del Principado de Asturias. Dirección General de Deportes.
- Baleares — Registre d'Entitats Esportives de les Illes Balears. Conselleria d'Educació i Universitats.
- Canarias — Registro de Entidades Deportivas de Canarias. Hay dos sedes (Las Palmas / Tenerife).
- Cantabria — Registro de Entidades Deportivas de Cantabria. Consejería de Educación.
- Castilla-La Mancha — Registro de Entidades Deportivas Castellano-Manchego. Plazos algo más largos que la media.
- Castilla y León — Registro de Entidades Deportivas de Castilla y León. Modelo de estatutos publicado.
- Extremadura — Registro de Entidades Deportivas de Extremadura. Junta de Extremadura.
- La Rioja — Registro de Entidades Deportivas de La Rioja. Gobierno de La Rioja.
- Murcia — Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia.
- Navarra — Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de Navarra.
- Ceuta y Melilla — Registros propios dependientes de la consejería de deportes de la respectiva Ciudad Autónoma.
Después de la inscripción: obligaciones del primer año
La inscripción es el primer hito, no el último. Una vez tienes el club registrado, hay tres bloques de obligaciones que conviene resolver en el primer trimestre.
Bloque 1 — Hacienda y cuenta bancaria. El NIF pasa de provisional a definitivo automáticamente con la inscripción registral; algunas CCAA notifican directamente a la AEAT, otras no, así que confirma. Para abrir cuenta bancaria llévate al banco: certificado de inscripción registral, NIF definitivo, acta fundacional, estatutos, certificado de composición de junta directiva y DNI del presidente (que firmará como representante legal).
Bloque 2 — Contabilidad. Los clubes deportivos sin ánimo de lucro aplican el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Entidades Sin Fines Lucrativos (RD 1491/2011). Para volúmenes pequeños (menos de 50.000 € de ingresos anuales) un Excel ordenado es suficiente, aunque software contable básico de 10-15 €/mes facilita las cuentas anuales que toca presentar en asamblea cada ejercicio. Libros obligatorios: libro de actas, libro de socios y libros contables (diario y mayor). Modelo 347 (operaciones con terceros superiores a 3.005 €/año): solo si aplica.
Bloque 3 — LOPIVI y RGPD. Si en el club hay menores de edad (escuela de fútbol base, club de natación infantil, etc.) la Ley Orgánica 8/2021 (LOPIVI) os obliga desde junio de 2022 a tener un protocolo de protección frente a la violencia y a designar un Delegado / Delegada de Protección. Es un trámite serio pero no caro. Tenemos guía completa: ver la guía LOPIVI para clubes deportivos enlazada al final.
Otras obligaciones que aparecen pronto: alta en la federación autonómica si vais a competir (suele exigir certificado de inscripción del club), seguro de responsabilidad civil para deportistas federados (obligatorio si hay menores), Plan General Contable de entidades sin ánimo de lucro (gestión interna), comunicaciones al ayuntamiento si vais a usar instalaciones municipales (suele haber convenios específicos), declaración informativa anual ante el registro autonómico (algunas CCAA la exigen, otras no).
Errores que más retrasan la inscripción
Después de haber acompañado a docenas de clubes en el trámite, estos son los seis errores que más retrasan la inscripción. Ninguno es difícil de evitar si los conoces de antemano.
- Estatutos copiados de otro club sin adaptar. El registro detecta a la legua un modelo genérico. Personalízalo al deporte, al ámbito y al objeto concreto del club.
- Domicilio social en un local sin uso compatible. Si el domicilio es un piso particular, no hay problema en la mayoría de CCAA. Si es un local comercial, verifica que el uso urbanístico admita oficina o sede social: algunos locales restringidos a hostelería o retail pueden bloquear la inscripción.
- Olvidarse de fotocopia DNI de algún socio fundador o miembro de junta. Causa requerimiento de subsanación inmediato, que añade 2-4 semanas al plazo.
- Objeto social demasiado amplio o demasiado restringido. Demasiado amplio ("cualquier actividad deportiva o cultural") → te lo devuelven. Demasiado restringido ("escuela de fútbol sub-12 masculino") → si luego añadís otra categoría, toca modificar estatutos. Equilibrio: deporte concreto + categorías de base + ámbito territorial.
- Solicitar NIF en AEAT después de presentar la inscripción. Algunas CCAA exigen NIF provisional antes de inscribir. Aunque no lo exijan, pedirlo después añade trámite. Pídelo al principio.
- Presentar la inscripción justo antes de un periodo vacacional largo (Navidad, agosto). El registro paraliza tramitación y tu solicitud se queda en cola. Si puedes elegir, septiembre-noviembre y febrero-mayo son los meses con menor saturación.
Cómo OneClub te ayuda desde el día 1
OneClub no resuelve la inscripción registral —eso lo hacéis vosotros o un abogado especializado, y por ese motivo hemos escrito esta guía gratis—. Pero sí resuelve el día siguiente: el momento en que tienes 30 socios, sus padres pidiendo factura, cuotas que no se cobran, asambleas que no se convocan en plazo, una hoja de Excel que ya nadie entiende y un grupo de WhatsApp con 80 mensajes/día.
Si estás en ese momento exacto —recién constituido o a punto de constituirte—, OneClub te da: cobros recurrentes vía Stripe con SEPA y tarjeta, ficha de socio con datos federativos, alta de jugadores con consentimiento RGPD para imagen de menores, ticketing de eventos, portal de socios con histórico de pagos y comunicaciones segmentadas. Plan gratuito hasta 50 socios. Sin tarjeta para empezar.
Caso real: un club de fútbol base en 4 meses
Caso real, anonimizado por petición del club. Marzo de 2024, en una localidad media de la Comunidad Valenciana, cinco padres deciden crear un club de fútbol base para sus hijos de 8-12 años, hartos de la gestión opaca del equipo en el que jugaban. Punto de partida cero.
Semana 1-2 — decisión y reparto de roles. Eligen estructura de club deportivo básico (van a federar en categoría territorial). Tres de los cinco se ofrecen como junta inicial (presidente, secretario, tesorero). Los otros dos quedan como vocales. Costes en este punto: 0 €.
Semana 3-5 — papeleo. Descargan el modelo oficial de estatutos de la Generalitat Valenciana y lo adaptan: nombre del club, domicilio (piso del presidente), objeto ("fomento del fútbol en categorías de base, ámbito autonómico"), órganos de gobierno copiados del modelo. Convocan asamblea constituyente en el salón de un bar local, firman acta fundacional. Pedido del NIF provisional ante la AEAT con modelo 036 (online): NIF en 48 horas. Costes acumulados: 0 €.
Semana 6 — presentación en sede electrónica. El presidente, con certificado digital FNMT (gratuito), presenta toda la documentación en la sede electrónica de la Generalitat: acta fundacional, estatutos, DNI escaneados, modelo de instancia. Tasa de inscripción abonada online: 12 € (tasa vigente ese ejercicio). Costes acumulados: 12 €.
Semanas 7-16 — espera y resolución. A las 9 semanas reciben un requerimiento de subsanación: el objeto social les pide concretar las categorías ("categorías de base" era demasiado vago). Reformulan a "fomento, promoción y práctica del fútbol en las categorías de prebenjamín, benjamín, alevín e infantil, ámbito autonómico" y vuelven a presentar (5 días). En la semana 14 reciben la resolución favorable. Inscritos.
Mes 4-5 — operativa. Abren cuenta bancaria en una caja regional (0 €, sin depósito), se federan en la federación valenciana de fútbol (alta del club: 220 €), contratan seguro de responsabilidad civil para los 28 jugadores que han captado ese mes (320 €/año). Designan delegado LOPIVI (uno de los vocales con curso de protección a la infancia online: 75 € de curso). Total costes primer año desde constitución hasta operativa plena: 627 €.
Cuatro meses desde la primera reunión hasta el primer partido. Cero abogados. Es perfectamente factible.
Recursos oficiales y fuentes
Fuentes oficiales y enlaces directos a los registros autonómicos de entidades deportivas (verificados a fecha de publicación):
- BOE — Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte (texto consolidado): boe.es
- BOE — Ley Orgánica 8/2021 (LOPIVI): boe.es
- Consejo Superior de Deportes (CSD): csd.gob.es
- Andalucía — Registro Andaluz de Entidades Deportivas (RAED): juntadeandalucia.es
- Madrid — Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid: comunidad.madrid
- Cataluña — Registre d'Entitats Esportives del Consell Català de l'Esport: gencat.cat
- Comunidad Valenciana — Registre d'Entitats Esportives: ceice.gva.es
- Galicia — Rexistro de Entidades Deportivas: deporte.xunta.gal
- País Vasco — Registros forales de Bizkaia, Gipuzkoa y Álava (Diputaciones Forales)
- Castilla y León — Registro de Entidades Deportivas: educa.jcyl.es
- AEAT — Modelo 036 (declaración censal) y NIF entidades sin ánimo de lucro: agenciatributaria.gob.es