Definición
El Plan General de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos (aprobado por el RD 1491/2011 y desarrollado por la Resolución de 26 de marzo de 2013) es la adaptación del PGC ordinario a las particularidades de fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro. Incluye cuentas específicas (subvenciones, donaciones, cuotas de socios), criterios de imputación de subvenciones, criterios de valoración para bienes recibidos en donación y modelos de cuentas anuales adaptados.
Clubes muy pequeños pueden llevar contabilidad simplificada (libro de ingresos y gastos), pero a partir de cierto volumen (umbrales del PGC PYME) están obligados a llevar contabilidad completa bajo este plan.
¿Cuándo aplica?
Aplica a todos los clubes que tienen obligación de llevar contabilidad formal: a partir de los umbrales económicos del PGC PYME para entidades sin ánimo de lucro, o cuando reciben subvenciones públicas que lo exijan, o cuando lo solicita la asamblea o el registro. En la práctica, casi cualquier club con ingresos superiores a 50-100 k €/año conviene que lo aplique para tener trazabilidad contable y poder presentar cuentas convincentes a financiadores y subvencionadores.
Ejemplo práctico
Términos relacionados
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Esto no es asesoramiento específico
Información a fecha mayo 2026. La normativa cambia y cada club tiene su casuística (CCAA, federación, tamaño, actividades). Para tu caso concreto consulta a un abogado o asesor especializado en derecho deportivo.