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GlosarioAdministrativo

Asamblea General

Órgano supremo de gobierno del club: reúne a todos los socios y decide sobre las cuestiones estructurales (cuentas, junta, estatutos, disolución).

Definición

La Asamblea General es el órgano supremo del club. Está compuesta por todos los socios con derecho a voto y se reúne, como mínimo, una vez al año (asamblea ordinaria) para aprobar las cuentas del ejercicio anterior, el presupuesto del nuevo ejercicio y la memoria de actividades. Las asambleas extraordinarias se convocan para decisiones puntuales: reforma de estatutos, elección o cese de junta, fusión, disolución del club, derramas extraordinarias.

Los estatutos definen el quórum (porcentaje de socios necesario para que la asamblea sea válida), el plazo y medios de convocatoria, y las mayorías requeridas. Por defecto suelen ser: convocatoria con 15 días de antelación, quórum del 50% en primera convocatoria y libre en segunda, mayoría simple para acuerdos ordinarios y mayoría cualificada (2/3) para reformas estatutarias o disolución.

¿Cuándo aplica?

Es obligatoria al menos una vez al año (asamblea ordinaria). Es necesaria para cualquier decisión estructural: aprobar cuentas anuales, renovar junta, modificar estatutos, aprobar derramas extraordinarias, ratificar incorporación a una federación o disolver el club. Sin acta de asamblea esos acuerdos no son válidos jurídicamente.

Ejemplo práctico

El C.D. Triatlon Asturias convocó asamblea extraordinaria por correo electrónico con 20 días de antelación para aprobar el cambio de domicilio social a una nueva sede municipal. Asistieron 38 socios sobre 52 inscritos (quórum del 73%, válido). El presidente expuso el motivo, hubo dos turnos de palabra, se votó a mano alzada con 36 votos a favor y 2 abstenciones. El secretario levantó acta firmada por presidente y secretario; con esa acta + reforma estatutaria comunicaron al registro autonómico el nuevo domicilio.

Errores comunes

  • Convocar sin respetar el plazo de antelación: invalida los acuerdos y un socio puede impugnar.
  • No comprobar quórum al inicio: si no hay quórum la asamblea se declara desierta y debe reconvocarse.
  • No levantar acta firmada: sin acta no hay prueba del acuerdo, ni puede comunicarse al registro.
  • Tratar asuntos no incluidos en el orden del día: salvo asistencia y voto del 100% de socios, no son válidos.

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